jueves, 11 de junio de 2020

Impuestos Municipales: Alcaldias

Las Empresas formalmente conformadas a través de el registro de su Acta Constitutiva, declaran en su documento un domicilio fiscal donde indican cual sera el lugar en el que realizaran sus actividades económicas, es por esta razón que los Registros Mercantiles solicitan que las direcciones sean detalladas, cambio que aplicaron para aprobar los documentos, esta razón en especifico es una exigencia que solicita el Seniat para poder tramitar el Registro de Información Fiscal (RIF).
Al estar desarrollando actividades económicas en una localidad, deben complementar su permisologia ante la Alcaldia que le compete y tramitar su registro ante Hacienda Municipal, realizando los siguientes tramites:

- INMUEBLES URBANOS (Este impuesto deben cumplirlos todas aquellas empresas que ejercen su actividad económica en un local comercial, apartamento, oficina, almacén, establecimiento, talleres y depósitos, terrenos)

Los impuestos relacionados con los Inmuebles Urbanos son:
  • Derecho de Frente
  • Conformidad de Uso

- PATENTE DE INDUSTRIA Y COMERCIO: (Este impuesto debe cumplirlos todas aquellas empresas por ejercer su actividad económica, y de acuerdo al tipo de actividad tendrá asignado un código que indica el porcentaje y mínimo tributario sobre el cual se calculara su obligación mensual)

-PUBLICIDAD Y PROPAGANDA (Este impuesto debe cumplirlo aquella empresa que coloque un anuncio publicitario en su loca comercial, o que reproduzca material publicitario para promocionar su negocio, bien sea volantes, tripticos, calcomanias, franelas, material POP, entre otros

- ASEO: (Este impuesto deben cumplirlos las empresas como pago del servicio municipal de aseo y saneamiento, y la alícuota aplicada dependerá de el tipo de actividad económica de la Empresa, la solvencia de este rubro es de carácter obligatorio)


- VEHICULOS: (Este impuesto debe pagarlo las empresas que posean flota de vehículos de trabajo, para tener al día los trimestre de libre transito a través del territorio nacional)


- LICORES. (Este impuesto debe pagarlos aquellas empresas que hayan tramitado el permiso de expendio de licores ante el SENIAT, y que su domicilio fiscal se encuentre alejado de zonas residenciales, colegios, entre otros)


- ESPECTACULOS PUBLICOS. (Este tipo de impuesto debe pagarlo las empresas que desean efectuar algún evento en espacios públicos que pertenecen al municipio)


- JUEGOS Y APUESTAS LICITAS. (Este tipo de impuesto debe pagarlo las empresas dedicadas a juegos de envite y azar que se encuentren debidamente Registradas ante el SAREN y ante el SENIAT)


- RETENCION DE INDUSTRIA Y COMERCIO. (Este tipo de impuesto lo declaran y pagan las empresas que hayan realizado retenciones de actividades económicas a cuenta de terceros)

Cada municipio posee su Alcaldía, su Concejo municipal, y su ente recaudador denominado Hacienda Municipal, a las cuales podrá acceder utilizando los siguientes link:

Distrito Capital

Municipio Libertador: SUMAT

Estado Miranda

Municipio Acevedo; ACEVEDO

Municipio Andres Bello: ANDRES BELLO

Municipio Baruta: SEMAT

Municipio Brion. BRION

Municipio Buroz: no se consiguió pagina web

Municipio Carrizal: CARRIZAL

Municipio Chacao. CHACAO

Municipio Cristobal Rojas: SUMATCRIR

Municipio el Hatillo. HATILLO

Municipio Guaicaipuro. GUAICAIPURO

Municipio Independencia: INDEPENDENCIA

Municipio Lander: LANDER

Municipio Los Salias: LOS SALIAS

Municipio Paez: PAEZ

Municipio Paz Castillo. PAZ CASTILLO

Municipio Pedro Gual. PEDRO GUAL

Municipio Plaza. PLAZA

Municipio Simón Bolívar. SIMON BOLIVAR

Municipio Sucre: SUCRE

Municipio Urdaneta. URDANETA

Municipio Zamora. ZAMORA

Debido a la gran extensión territorial y a las multiples divisiones de municipios dentro de cada Gobernación, nos concentramos a los dos estados que constituyen la Gran Caracas.


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